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Concurso N° 22

Traslados y Reincorporaciones de Directores Titulares de Bibliotecas

Preguntas Frecuentes

Toda la información clave sobre los requisitos y procedimientos del concurso.

Están habilitados para participar:

  • Docentes titulares: Con 2 años o más de ejercicio en el cargo después de haber ejercido por lo menos dos años desde su ingreso, reincorporación o último cambio de ubicación a su pedido.
  • Docentes con Traslado Transitorio: Deberán participar a fin de lograr su ubicación definitiva.

Nota: No se exigirá el mínimo de 2 años cuando medien razones de salud, integración del grupo familiar, violencia de género o laboral debidamente acreditadas.

Existen tres opciones mutuamente excluyentes:

  • Electrónica: A través de la aplicación SIE (Sistema Integral de Educación) dentro de la plataforma digital "Tu Gobierno Digital". Se deben subir los archivos exclusivamente en formato PDF.
  • Presencial: En la sede de la Junta de Clasificación de Bibliotecas (Gobernador Bosch 99, Nave 3, Resistencia), de lunes a viernes de 08:00 a 16:00 hs.
  • Correo Postal: Por Correo Postal Certificado dirigido a la misma dirección, teniendo en cuenta la fecha del matasellos.

La convocatoria y apertura de inscripciones es por el término de diez (10) días hábiles a partir del día veintinueve (29) de junio de 2026.

Quedan inhabilitados aquellos aspirantes que se encuentren en alguna de las siguientes situaciones:

  • Ejercer Funciones Públicas Electivas y de Gestión (Directores Generales, Regionales, Miembros de Juntas, etc.).
  • Estar en uso de licencia o en disponibilidad sin goce de haberes.
  • Estar bajo suspensión de funciones por sumario administrativo o proceso judicial.
  • Encontrarse en retiro voluntario o jubilación provisoria/transitoria.

El personal que no tomare posesión efectiva de su cargo sin solicitar prórroga formal en los plazos fijados por la ley, quedará inhabilitado para concursar en cualquier nivel, área o régimen especial por el término de dos (2) años a partir de la fecha de su designación.

La toma de posesión debe realizarse indefectiblemente al comienzo del período escolar o dentro de los cinco (5) días hábiles de iniciado dicho período.